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Para la parte colombiana:
- Partida de bautismo, según las normas del derecho particular
- La partida de confirmación, si la hay, y si no está la nota marginal en la del bautismo
- Registro civil
- Cédula de ciudadanía
- Foto (tamaño documento)
- (Certificado de curso prematrimonial)
Para la parte extranjera (bautizada en iglesia acatólica)
- Registro civil de nacimiento: Birth Place (todas las naciones lo tienen)
- Fotocopia del pasaporte
- Partida de bautismo de la iglesia acatólica (así se demuestra que se celebrará un matrimonio de mixta religión)
- Acta civil de divorcio, si ya tuvo un matrimonio anterior
- Declaración juramentada, por escrito (ante el delegado para esta atención pastoral), de que no ha contraído matrimonio religioso con otra persona católica o de la misma religión, hecha por la misma persona
- Foto (tamaño documento)
- (Certificado de curso prematrimonial)
- Para el extranjero (no bautizado)
- Registro civil de nacimiento: Birth Place
- Fotocopia del pasaporte
- Declaración de no haber contraído antes ningún tipo de matrimonio ni civil ni religioso
- Foto (tamaño documento)
- (Certificado de curso prematrimonial)
Requisitos Matrimonio Civil
Con el matrimonio surgen una serie de derechos y deberes entre los cónyuges, como son el deber de respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia. El marido y la mujer van a ser iguales en derechos y deberes.
Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Igualmente esta unión tiene efectos económicos independientemente del régimen económico elegido por las partes, los bienes de los cónyuges están sujetos a satisfacer. Cualquiera de los cónyuges podrá realizar los actos encaminados a atender las necesidades ordinarias de la familia.
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